Bogotá D.
C.
, septiembre 16 de 2013
CIRCULAR 003
DE: AURELIO IRAGORRI VALENCIA
Ministro del Interior
PARA: Alcaldes distritales y municipales, Superintendencia de Industria
y Comercio, en lo de su competencia
Se exhorta a los alcaldes distritales y...
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Bogotá D.
C.
, septiembre 16 de 2013
CIRCULAR 003
DE: AURELIO IRAGORRI VALENCIA
Ministro del Interior
PARA: Alcaldes distritales y municipales, Superintendencia de Industria
y Comercio, en lo de su competencia
Se exhorta a los alcaldes distritales y municipales para que en el marco de sus
competencias y en el término de un mes adelanten los operativos para el control,
sellamiento y sanción policiva de los establecimientos comerciales que incumplan con
las medidas mínimas de seguridad o que modifican su uso comercial mediante la
denominación de clubes privados u otros similares sin serlo, en coordinación con los
Comandantes de Policía de sus respectivos municipios, las Cámaras de Comercio y el
acompañamiento del Ministerio Público.
Por lo anterior, los alcaldes deberán revisar las condiciones de funcionamiento del
establecimiento comercial y el cumplimiento de los avales del cuerpo de bomberos, el
sistema de gestión del riesgo, las secretarías de salud y la desviación del objeto social
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