CCoommiissiióónn ddee FFiissccaalliizzaacciióónn EElleeccttoorraall
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1
RESOLUCIÓN.
- COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ELECTORAL.
- TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS; A OCHO DE FEBRERO DE DOS MIL TRECE.
V I S T O...
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CCoommiissiióónn ddee FFiissccaalliizzaacciióónn EElleeccttoorraall
ÓÓrrggaannoo CCoonnssttiittuucciioonnaall AAuuttóónnoommoo
1
RESOLUCIÓN.
- COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN ELECTORAL.
- TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS; A OCHO DE FEBRERO DE DOS MIL TRECE.
V I S T O el Informe Final de Resultados presentado por la Dirección General de
Fiscalización, de esta autoridad electoral, respecto de los gastos ordinarios
realizados por el Partido Movimiento Ciudadano, en el Estado de Chiapas,
durante el primer trimestre del ejercicio fiscal dos mil doce, el cual fue
radicado bajo el número de expediente COFEL/PF/006/2013; y,
R E S U L T A N D O
ÚNICO.
- Atendiendo al principio de Economía Procesal, resulta innecesario
detallar los puntos de este capítulo, toda vez que no causa agravios a las partes
su omisión.
Sustenta lo anterior, por analogía la tesis aislada emitida por la
Segunda Sala de la anterior integración de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, visible a página 70, tomo 199-204, tercera pa
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